Si se ha denegado un trámite de extranjería, como una solicitud de residencia, visado o tarjeta comunitaria, es posible presentar un recurso administrativo.
Si se ha denegado la inscripción de un matrimonio extranjero en el Registro Civil español, se puede interponer un recurso de apelación ante la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) dentro del plazo de 15 días.
El recurso contencioso-administrativo es un procedimiento judicial que permite a los ciudadanos impugnar actos o disposiciones de la Administración Pública que consideran ilegales o perjudiciales para sus derechos o intereses legítimos. Se interpone ante los tribunales contencioso-administrativos y es un medio para buscar la anulación de esos actos o la reparación de los daños causados.
Es un recurso administrativo que se presenta ante la misma autoridad que denegó el visado (generalmente, el Consulado español). Tienes un mes desde la notificación de la denegación para presentarlo. En el recurso, debes exponer los motivos por los que consideras que la denegación es incorrecta y aportar cualquier documentación adicional que justifique tu solicitud.
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